¿Cuáles son las condiciones para acceder a los $17.000 del nuevo bono «Acompañar» de Anses?
La prestación tendrá una duración de seis meses. Está destinada a asegurar un ingreso equitativo al salario mínimo vital y movil. Se podrá combinar con AUH, IFE, y pensiones asistenciales.
Anses, junto al Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD), activa el nuevo bono “Acompañar”, el monto de $17000 para ayudar a víctimas de violencia de género.
Este viernes, se informó que el monto se liquidará mediante el organismo previsional, y va a ser articulado con municipios y provincias para que el ingreso en cada una de las personas que necesiten del programa, tanto como acompañamiento y asistencia integral, sea de modo conjunto con las áreas locales.
Elizabeth Gómez Alcorta, titular del MMGyD, dijo al respecto: “Esta ha sido una de las demandas históricas del movimiento de mujeres y diversidad: pedir al Estado que cumpla el rol de acompañamiento, insustituible, y por eso celebramos poner en marcha el programa”.
Paso a paso, los requisitos para recibir el nuevo bono de Anses.
La suma será no reintegrable, personal, no renovable y no contributiva equivalente a un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), es decir cerca de $17.000.
Se abonará durante un lapso de seis meses seguidos.
El propósito es el de solventar gastos esenciales de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencias.
Cobro AUH, IFE, AUE ¿puedo acceder al Plan Acompañar?
Si, el nuevo plan resulta ser compatible con:
– La Asignación Universal por Hijo (AUH)
– Asignación por Embarazo (AUE)
– Monotributo Social
– Ingreso Familiar de Emergencia ( IFE)
– Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
¿Cómo se puede acreditar una situación de riesgo?
Para acceder a la ayuda económica, se solicitará acreditar la situación de riesgo por violencia por motivos de género mediante un informe social de un dispositivo de atención oficial de violencias local, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
¿Quiénes pueden pedirlo?
– Toda persona residente en el país que sea ciudadana argentina nativa, por opción o naturalizada.
– Extranjera con residencia legal en la República Argentina no inferior a un año anterior a la solicitud.
– Mayor a dieciocho años.
Los que quedan excluidos del Plan Acompañar:
– Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos.
– Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el Estado Nacional.
– Jubilaciones, Pensiones, o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
– Pensión Universal para el Adulto Mayor.
– Prestación por desempleo.